TESTIMONIO: VISTO: El déficit energético que afronta el Sistema Interconectado Nacio-nal, y ONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo Nacional a través de los Decretos 1749 y 1756 del corriente año ha dictado normas que apuntan a producir restricciones al consumo eléctrico, con el objetivo de paliar la situación descripta, Que en igual sentido, la Dirección de Energía de Buenos Aires ha solicitado a los coprestadores del servicio de electricidad del ámbito provin-cial, medidas de igual tenor, Que en el ámbito municipal debe acompañarse este esfuerzo arbi- trando las medidas pertinentes, con el mínimo impacto sobre la prestación del servicio domiciliario de electricidad y la demanda de los sectores productivos, Que lo dispuesto en la presente, se dicta en virtud de las atri- buciones emergentes de los Artículos 25º, 26º, 239º y concordantes de la Ley Or- gánica de las Municipalidades, POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones san-ciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 279/88 ---------------------------------- ARTICULO 1.- A partir de la CERO (0) hora del día siguiente de promulgada la ------------ presente Ordenanza, se producirá una reducción del CINCUENTA POR CIENTO (50%) en el alumbrado público en todo el ámbito del Partido de Balcarce.- ARTICULO 2.- Prohíbese en todo el ámbito del Partido de Balcarce la ilumina - ------------ ción de vidrieras comerciales entre las 21.00 horas y las 06.00 horas de lunes a viernes inclusive, excepto en aquellos locales que por sus ca- racterísticas desarrollen actividad dentro del horario mencionado. Se prohíbe además el encendido de letreros comerciales durante las 24 horas, todos los días de la semana.------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3.- Los espectáculos y/o competencias deportivas de cualquier índole ------------ deberán ajustar su horario a los períodos de luz solar, quedando prohibida la utilización de iluminación artificial para el desarrollo de los mismos.------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- Las violaciones a lo dispuesto en los Artículos 2º y 3º serán juz- ------------ gadas conforme al Código de Faltas Municipal, facultándose a la Cooperativa de Electricidad a cortar el servicio eléctrico en aquellos locales donde se reiterara una infracción, previa verificación del Poder Concedente Mu-nicipal.----------------------------------------------------------------------- ARTICULO 5.- Autorízase a la Cooperativa de Electricidad General Balcarce Ltda., ------------ a generar energía eléctrica a través de su parque térmico, con un - cupo diario de hasta 12.000 Kwh.------------------------------------------------ ARTICULO 6.- La Cooperativa de Electricidad someterá a consideración del Honora- ------------ ble Concejo Deliberante el estudio de costos emergentes de la apli- cación del Artículo 5º, a fin de evaluar su incidencia tarifaria.--------------- ARTICULO 7.- Las medidas que se aplican a través de la presente, se extenderán - ------------ mientras dure la emergencia energética y en tanto no se disponga lo contrario por Ordenanza particular.--------------------------------------------- ARTICULO 8.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho. FIRMADO: Carlota A. Alvarez de Rodríguez - PRESIDENTA - Juan José Troya - SECRETARIO.---------------------------------------------------------------------